Mapa de la insolvencia › Cómo funciona un concurso
Las fases del concurso de acreedores: qué pasa desde que se pide hasta que se cierra
El concurso empieza con la solicitud y el auto que lo declara, que abre la fase común. En ella el administrador concursal revisa los bienes y las deudas y presenta un informe en dos meses desde que acepta el cargo. Con ese informe termina la fase común y el concurso sigue por uno de dos caminos: el convenio, un acuerdo con los acreedores para pagar con quitas o esperas, o la liquidación, en la que se venden los bienes para pagar según el orden legal. A la vez puede tramitarse la sección de calificación, que decide si el concurso es fortuito o culpable. El concurso termina con la conclusión y, si eres una persona natural, puedes pedir la exoneración de las deudas que queden. La ley fija una duración máxima de doce meses, ampliable por el juez.
Revisado por Jorge Werner, abogado (ICAS 12664) · Última revisión: 7 de octubre de 2026 · Ley aplicada: texto refundido de la Ley Concursal, versión consolidada del BOE vigente en esa fecha
- El auto de declaración de concurso abre la fase común (artículo 30 de la Ley Concursal).
- El administrador concursal presenta su informe dentro de los dos meses siguientes a la aceptación del cargo (artículo 290).
- Dentro de los quince días siguientes a la presentación del informe, el letrado de la Administración de Justicia dicta decreto que pone fin a la fase común y abre la liquidación, salvo que se haya presentado propuesta de convenio, esté o no admitida (artículo 296 bis).
- El deudor puede pedir la liquidación en cualquier momento, y se abre de oficio si no hay convenio o este fracasa (artículos 406 y 409).
- Con el fin de la fase común se ordena formar la sección de calificación (artículo 446.1, que habla de auto del juez).
- La duración del concurso, de la sección primera al cierre de la quinta, no puede superar doce meses, salvo ampliación por el juez (artículo 508 bis).
- 1 · Qué me pasa
- 2 · Qué me ofrece la ley
- 3 · Cómo se arregla
- 4 · Qué viene después
Quieres saber qué te espera
Estás pensando en pedir el concurso, o ya te lo han declarado, y quieres entender el camino completo: cuánto dura, qué hace cada persona y en qué momento se decide qué pasa con tus bienes y tus deudas. Esta página es el índice de las piezas comunes a cualquier concurso, sea de una persona o de una empresa.

El camino del concurso
«La duración del procedimiento de concurso, desde la apertura de la sección primera al cierre de la quinta previstas en el artículo anterior, no podrá ser superior a doce meses, si bien el juez podrá acordar una ampliación del plazo de duración del mismo si fuera necesario en atención a la complejidad del concurso o a las circunstancias justificadas que pudieran concurrir.»
Artículo 508 bis del texto refundido de la Ley Concursal · ver en el BOE
| Fase | Qué ocurre | Artículos |
|---|---|---|
| Solicitud | El deudor o un acreedor piden el concurso | 2 a 27 |
| Declaración | Auto que declara el concurso, nombra administrador y llama a los acreedores | 28 a 37 |
| Fase común | Comunicación de créditos, inventario, lista de acreedores e informe | 30, 255 a 296 bis |
| Convenio | Acuerdo con los acreedores con quitas o esperas | 315 y siguientes |
| Liquidación | Venta de los bienes y pago según el orden legal | 406 y siguientes |
| Calificación | Se decide si el concurso es fortuito o culpable | 441 y siguientes |
| Conclusión | Se cierra el concurso por alguna de las causas legales | 465 y siguientes |
| Exoneración | Solo personas naturales: perdón de las deudas que queden | 486 y siguientes |
El procedimiento se organiza en seis secciones: declaración, administración concursal, masa activa, masa pasiva, convenio y liquidación, y calificación (artículo 508).
Las piezas comunes a cualquier concurso
| Si quieres saber… | Empieza por |
|---|---|
| Si estás en insolvencia | Qué es la insolvencia y sus grados |
| Si estás obligado a pedir el concurso | El plazo de dos meses |
| Qué pasa si lo pide un acreedor | El concurso necesario |
| Qué documentos presentar | La solicitud y sus documentos |
| Ante qué juez | El juzgado competente |
| Si tu empresa y tú vais a concurso a la vez | Concurso de la sociedad y de sus socios o administradores |
| Qué dice el auto que declara el concurso | El auto de declaración |
| Si se hace público tu concurso | El BOE y el Registro Público Concursal |
| Qué hace el administrador concursal | El administrador concursal y su informe |
| Qué puedes hacer con tus bienes durante el concurso | Intervención o suspensión |
| Si se paran los embargos | La paralización de ejecuciones |
| Qué pasa con los juicios que ya estaban en marcha | Juicios y arbitrajes pendientes |
| Qué pasa con los intereses y la prescripción | Intereses y prescripción |
| Qué bienes entran en el concurso | La masa activa |
| Si pueden anular lo que hiciste antes | Las acciones rescisorias |
| Cómo se reconocen las deudas | Reconocimiento y clasificación de créditos |
| Qué deudas se pagan antes | El orden de pago y los créditos contra la masa |
| Cómo se paga con un acuerdo | El convenio concursal |
| Cómo se venden los bienes | La liquidación concursal |
| Si el concurso puede ser culpable | La calificación del concurso |
| Cómo se discute una decisión dentro del concurso | Incidentes y recursos |
| Cuánto dura | Los plazos de cada fase |
| Cómo termina | La conclusión del concurso |
| Si se puede reabrir después | La reapertura del concurso |
| Si tu empresa es contratista público, concesionaria, club, banco o aseguradora | Concursos con reglas propias |
| Cómo te libras de las deudas, si eres persona natural | No puedo pagar mis deudas |
Qué hacer en cada fase
- Antes de pedirlo: confirma que estás en insolvencia, reúne la documentación y elige el juzgado.
- Al declararse: lee el auto, contacta con el administrador concursal y colabora con él.
- En la fase común: revisa el inventario y la lista de acreedores, e impúgnalos si hay errores. Lo vemos en cómo impugnar la lista de acreedores.
- Tras el informe: decide si propones un convenio o vas a la liquidación.
- Al terminar: si eres persona natural, prepara la solicitud de exoneración. Lo vemos en la exoneración con liquidación y en la exoneración con plan de pagos.
Lo que depende del caso
- Si no tienes bienes suficientes, el concurso puede ser sin masa y seguir un camino mucho más corto. Lo vemos en la exoneración en el concurso sin masa.
- El plazo de doce meses puede ampliarse por la complejidad del concurso o por circunstancias justificadas, y en la práctica muchos concursos duran más.
- Las microempresas siguen un procedimiento especial con fases propias. Lo vemos en mi microempresa no puede pagar.
- Si pediste la liquidación con la solicitud, se abre en el propio auto de declaración (artículo 30.2).
Para seguir con tu caso
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Dudas habituales sobre las fases del concurso
¿Cuáles son las fases del concurso?
Declaración, fase común, convenio o liquidación y conclusión, con la calificación tramitándose en paralelo y, para las personas naturales, la exoneración al final.
¿Cuánto dura un concurso?
La ley fija un máximo de doce meses entre la apertura de la sección primera y el cierre de la quinta, ampliable por el juez.
¿Qué es la fase común?
La fase en la que se determinan los bienes y las deudas: se comunican los créditos y el administrador concursal presenta su informe con el inventario y la lista de acreedores.
¿Cuándo se presenta el informe del administrador concursal?
Dentro de los dos meses siguientes a la aceptación de su cargo.
¿Cuándo se abre la liquidación?
Cuando la pide el deudor, cuando no hay propuesta de convenio al terminar la fase común o cuando el convenio fracasa.
¿Todos los concursos pasan por calificación?
La sección de calificación se forma al terminar la fase común. Su alcance depende de cómo termine el concurso.
De dónde sale lo que has leído
- Texto refundido de la Ley Concursal, artículos 30, 290, 296 bis, 406, 409, 446, 465, 486, 508 y 508 bis. Texto consolidado en el BOE.
Jorge Werner · Abogado (ICAS 12664), socio director de Empezar de Nuevo
Esta página forma parte del Mapa de la insolvencia. Explica la ley con palabras normales, pero no sustituye al estudio de cada caso. Ver perfil
