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Segunda Oportunidad Almería
La Ley de la Segunda Oportunidad en Almería

Te ayudamos a cancelar legalmente tus deudas ante la Sección Mercantil de Almería, con lo que de verdad está resolviendo la Audiencia Provincial de Almería y los datos de la provincia. Desde 99 €/mes, sin anticipos.

1.330 concursos presentados en la provincia de Almería en 2025, frente a 106 en 2018

  • Sección Mercantil de Almería: dos plazas para toda la provincia
  • Criterios reales de la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial
  • Proceso 100 % digital: no tienes que desplazarte
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Tribunal competente en Almería

Qué tribunal lleva tu Segunda Oportunidad en Almería

Desde la Ley Orgánica 7/2022, los concursos de persona física —particulares y autónomos— son competencia de lo mercantil. Con la Ley Orgánica 1/2025, los antiguos juzgados de lo mercantil son la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería, con dos plazas en la Ctra. de Ronda, 120 (04006): la plaza n.º 1 (tel. 950 80 90 67) y la n.º 2 (tel. 950 18 69 59).

Llevan los concursos de toda la provincia, vivas en la capital, en El Ejido, en Roquetas o en el Levante. Y si hay recurso, lo resuelve la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería.

Fuentes: directorio de órganos judiciales del CGPJ (17/10/2026) y encabezamiento de las resoluciones citadas (CENDOJ).

Jurisprudencia de Almería

Lo que está resolviendo la Audiencia Provincial de Almería

Estas son sentencias recientes de la Sección 1.ª, leídas íntegras en el CENDOJ. La primera es de las que más importan si tienes casa con hipoteca.

Concurso sin masa e hipoteca: sin recálculo de cuotas

Un deudor con su vivienda en El Ejido obtuvo la exoneración en un concurso sin masa, y el juzgado acordó además reducir sus dos hipotecas hasta el valor de la vivienda y recalcular las cuotas. La Audiencia lo corrigió: ese recálculo solo existe en la exoneración con plan de pagos, no en el concurso sin masa. La deuda hipotecaria queda fuera de la exoneración dentro del límite del privilegio especial, que se calcula con las reglas de los artículos 272 y siguientes del TRLC y no con el simple valor de mercado. Y si el banco ejecuta la hipoteca más adelante, la deuda que quede después de la ejecución sí se exonera (SAP 644/2026, de 14 de julio, ECLI:ES:APAL:2026:1238).

Una derivación por una infracción leve no impide la exoneración

Hacienda se opuso a la exoneración porque había derivado al deudor 111,12 € de IVA impagado de una comunidad de bienes. La Audiencia confirmó la exoneración e impuso las costas a Hacienda: las excepciones del artículo 487 TRLC se interpretan de forma restrictiva, y una derivación por una infracción leve no entra en ellas (SAP 233/2026, de 12 de marzo, ECLI:ES:APAL:2026:506). Es el mismo sentido en que se ha pronunciado el Tribunal Supremo en febrero de 2026.

Fuente: CENDOJ (CGPJ). Resoluciones identificadas por su ECLI.

Acuerdos de los jueces

Lo que han acordado los jueces de lo mercantil de Andalucía

Los magistrados de lo mercantil de Andalucía se reúnen cada año y publican conclusiones comunes. No son vinculantes, pero dicen cómo van a resolver.

  • Jaén, mayo de 2026. Tras las sentencias del Tribunal Supremo de febrero de 2026, piden una memoria completa que explique el origen de las deudas y documentos electrónicos válidos, sin fotos ni escaneos de papeles escritos a mano, y advierten de que pueden denegar sin darte otra audiencia. A favor del deudor: una derivación de responsabilidad solo impide la exoneración si hubo una conducta fraudulenta equiparable a una sanción muy grave (conclusiones). Lo explicamos en los acuerdos de Jaén.
  • Córdoba, octubre de 2024. Como regla, si todo lo embargable que tienes no llega a 3.000 euros, el concurso es sin masa; el salario embargable se cuenta por doce meses. Un acreedor solo puede oponerse a tu exoneración alegando que no cumples los requisitos (conclusiones).
  • Cádiz, octubre de 2023. El salario cuenta como bien del concurso en su parte embargable si alcanza para pagar el procedimiento, y el auto que concede la exoneración solo admite recurso de reposición (conclusiones).

Fuente: conclusiones de los encuentros de la jurisdicción mercantil de Andalucía, publicadas por el CGPJ. Son pautas comunes, no normas.

Datos de la provincia

No estás solo: los datos de insolvencia en Almería

1.330concursos presentados en la provincia en 2025, frente a 106 en 2018
1.249de ellos, de particulares sin actividad empresarial
972concursos sin masa en 2025

Los concursos presentados en los juzgados de la provincia han pasado de 106 en 2018 a 361 en 2022, 1.038 en 2024 y 1.330 en 2025. En el primer semestre de 2026 van 668, casi los mismos que en el mismo periodo de 2025 (658). Más de nueve de cada diez son de particulares.

El Colegio de Registradores, que cuenta los deudores ya declarados en concurso y publicados, da para Almería 944 deudores en 2025: 801 particulares, 74 autónomos y 69 empresas (suma de los cuatro trimestres; datos provisionales). En el primer semestre de 2026, 524 de los 556 concursados fueron personas físicas.

Fuentes: CGPJ, Datos sobre el efecto de la crisis en los órganos judiciales (series por provincia hasta el 2.º trimestre de 2026), y Colegio de Registradores, Estadística del Procedimiento Concursal.

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Cómo trabajamos

Cómo es la Segunda Oportunidad con nosotros desde Almería

  • Primero, el análisis. Revisamos tus deudas, tus ingresos y tus bienes para ver qué vía te conviene: concurso sin masa, plan de pagos o liquidación.
  • Después, el expediente completo. Pedimos la CIRBE, las certificaciones de Hacienda y Seguridad Social y los informes de ficheros para que no se quede fuera ninguna deuda: el Tribunal Supremo exige que la lista esté completa.
  • Seguimiento hasta la exoneración. Presentamos y seguimos el procedimiento ante la Sección Mercantil de Almería y, si hace falta, ante la Audiencia.
  • Y al final, limpiar tu nombre. Gestionamos la baja en ASNEF y la actualización de la CIRBE.

Cómo funciona todo, paso a paso, en nuestra guía de la Ley de Segunda Oportunidad. Y si quieres hacerte una idea de cuánto puedes cancelar, prueba la calculadora.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la Segunda Oportunidad en Almería

¿Qué juzgado lleva mi Segunda Oportunidad si vivo en la provincia de Almería?

La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería, con dos plazas en la Ctra. de Ronda, 120, que llevan los concursos de toda la provincia. Los recursos los resuelve la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería.

Tengo una hipoteca. ¿Qué pasa con ella en un concurso sin masa?

La deuda hipotecaria no se cancela mientras esté dentro del límite del privilegio especial, y en el concurso sin masa no cabe recalcular las cuotas: así lo ha dicho la Audiencia de Almería (SAP 644/2026). Si el banco ejecuta después, la deuda que quede sí se exonera. Si quieres conservar la casa, hay que estudiar otra vía, como el plan de pagos, antes de presentar nada.

Hacienda me derivó una deuda pequeña de un negocio. ¿Me impide acogerme?

No necesariamente. La Audiencia de Almería confirmó la exoneración de un deudor con una derivación de 111,12 € por una infracción leve (SAP 233/2026), y el Tribunal Supremo exige una conducta fraudulenta equiparable a una infracción muy grave para que la derivación cierre la puerta.

¿Tengo que desplazarme para el procedimiento?

No. El procedimiento se presenta y se sigue por vía electrónica, y nosotros lo gestionamos a distancia desde el primer día. Hablamos contigo por teléfono, videollamada o WhatsApp.

¿Cuánto cuesta la Segunda Oportunidad con vosotros?

Desde 99 € al mes, sin anticipos. La primera consulta es gratuita y sin compromiso, y antes de empezar te decimos por escrito cuánto vas a pagar.

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