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Venden mi empresa o mi centro de trabajo en el concurso: qué pasa con mi contrato y con lo que me deben
Cuando en un concurso se vende una unidad productiva, la ley considera que hay sucesión de empresa a efectos laborales y de Seguridad Social. El comprador se subroga en los contratos de trabajo de esa unidad y, según el texto del artículo 224, responde de las deudas laborales y de Seguridad Social de los trabajadores cuyos contratos asume. El juez del concurso es el único competente para declarar la sucesión y delimitar qué activos, deudas y trabajadores comprende, y puede excluir de la subrogación lo que pague el FOGASA. Para ventas anteriores a la reforma de 2022, el Supremo ha extendido esa responsabilidad a los trabajadores que ya habían salido de la empresa antes de la venta.
Revisado por Jorge Werner, abogado (ICAS 12664) · Última revisión: 7 de octubre de 2026 · Ley aplicada: texto refundido de la Ley Concursal, versión consolidada del BOE vigente en esa fecha
- En caso de venta de una unidad productiva, se considera que existe sucesión de empresa a efectos laborales y de Seguridad Social (artículo 221.1 de la Ley Concursal).
- El juez del concurso es el único competente para declararla y delimitar los activos, pasivos y relaciones laborales que la componen (artículo 221.2).
- El comprador se subroga en los contratos afectos a la actividad sin necesidad de consentimiento de la otra parte (artículo 222).
- El comprador responde de los créditos laborales y de Seguridad Social de los trabajadores en cuyos contratos se subroga; el juez puede excluir lo asumido por el FOGASA (artículo 224.1.3.º).
- Las resoluciones sobre la venta se dictan previa audiencia de quince días a los representantes de los trabajadores (artículo 220.1).
- Según el Supremo, en ventas anteriores a la reforma de 2022 el comprador responde también de las deudas con trabajadores que habían salido antes de la venta.
- 1 · Qué me pasa
- 2 · Qué me ofrece la ley
- 3 · Cómo se arregla
- 4 · Qué viene después
Hay un comprador para tu empresa
El administrador concursal anuncia que hay una oferta por la empresa o por tu centro de trabajo. Te preguntas si seguirás trabajando, con qué condiciones y si el comprador pagará lo que te deben. En muchos concursos, la venta de la unidad productiva es la mejor salida para conservar el empleo, pero conviene saber qué se transmite y qué no.

Qué asume el comprador
«1. En caso de enajenación de una unidad productiva, se considerará, a los efectos laborales y de seguridad social, que existe sucesión de empresa.
2. El juez del concurso será el único competente para declarar la existencia de sucesión de empresa, así como para delimitar los activos, pasivos y relaciones laborales que la componen.»
Artículo 221 del texto refundido de la Ley Concursal · ver en el BOE
| Cuestión | Regla | Artículo |
|---|---|---|
| Tu contrato | El comprador se subroga en los contratos afectos a la unidad | 222 |
| Deudas laborales y de Seguridad Social | Las asume respecto de los trabajadores cuyos contratos asume; el juez puede excluir lo que pague el FOGASA | 224.1.3.º |
| Quién decide | El juez del concurso declara la sucesión y delimita activos, pasivos y relaciones laborales | 221.2 |
| Informe | El juez puede pedir informe a la Inspección de Trabajo en diez días | 221.3 |
| Representantes | Audiencia de quince días antes de resolver sobre la venta | 220.1 |
| Compradores vinculados | No se benefician de la limitación de deudas | 224.2 |
Un trabajador que ya se había ido cobró del comprador
El Tribunal Supremo, Sala de lo Social, en la sentencia 202/2026, de 25 de febrero (ECLI:ES:TS:2026:1065), resolvió el caso de un trabajador que se fue voluntariamente de su empresa en 2021, antes del concurso, con unos 16.500 euros pendientes. En 2022, el juez del concurso autorizó la venta de la unidad productiva a otras sociedades, y el trabajador les reclamó a ellas.
El Supremo confirmó la condena solidaria de las compradoras. Reiteró que el artículo 224 en su redacción de 2020 excedió la delegación legislativa al limitar la sucesión a los trabajadores cuyo contrato asume el comprador, y aplicó la doctrina anterior: el comprador responde de las deudas laborales de los trabajadores de la unidad, aunque su contrato hubiera terminado antes de la venta. Precisó que los hechos eran anteriores a la reforma de 2022.
Qué hacer si venden tu empresa
- Infórmate a través de tus representantes, que deben ser oídos antes de que el juez resuelva sobre la venta.
- Revisa si tu puesto está en la unidad que se vende y en qué condiciones se ofrece la subrogación.
- Comprueba qué deudas laborales delimita el auto de venta y si se excluye la parte que asume el FOGASA.
- Si ya no trabajabas en la empresa y te deben dinero, valora con un abogado si cabe reclamar al comprador, según la fecha de la venta.
- Si la venta implica despidos o cambios colectivos, se tramitan como medidas colectivas. Lo vemos en el despido colectivo en el concurso.
Lo que depende del caso
- Para ventas posteriores a la reforma de 2022, la sentencia del Supremo no se pronunció; el artículo 224 mantiene su texto y el 221 atribuye al juez del concurso la delimitación.
- Si la venta implica cambios sustanciales, traslados o despidos colectivos, se aplican las reglas de las medidas colectivas del concurso (artículo 220.2).
- Desde la reforma de 2022, el juez del concurso es el único competente para declarar la sucesión y delimitar qué comprende (artículos 52 y 221.2). En el caso del Supremo, anterior a la reforma, la reclamación del trabajador se tramitó ante la jurisdicción social.
- Desde el lado del comprador, lo vemos en comprar en un concurso y en la venta de la unidad productiva.
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Dudas habituales sobre la venta de la empresa en el concurso
¿Si venden la empresa, mantengo mi trabajo?
Si tu puesto está en la unidad productiva que se vende, el comprador se subroga en tu contrato.
¿El comprador me paga lo que me debía la empresa?
Según el artículo 224, responde de las deudas laborales y de Seguridad Social de los trabajadores cuyos contratos asume, aunque el juez puede excluir lo que pague el FOGASA.
¿Quién decide qué deudas asume el comprador?
El juez del concurso, que es el único competente para declarar la sucesión y delimitar activos, pasivos y relaciones laborales.
¿Y si ya no trabajaba allí cuando se vendió?
Según el Supremo, en ventas anteriores a la reforma de 2022 el comprador responde también de esas deudas. Para las posteriores, esa sentencia no se pronuncia.
¿Se oye a los trabajadores?
Sí. El juez debe dar audiencia de quince días a los representantes antes de resolver sobre la venta.
¿Puede cambiar mis condiciones con la venta?
Si la venta implica cambios sustanciales, traslados o despidos de carácter colectivo, se tramitan por las reglas de las medidas colectivas del concurso, con participación de los representantes.
De dónde sale lo que has leído
- Texto refundido de la Ley Concursal, artículos 52, 220 a 224. Texto consolidado en el BOE.
- Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 44. Texto consolidado en el BOE.
- Tribunal Supremo, Sala de lo Social, sentencia 202/2026, de 25 de febrero (ECLI:ES:TS:2026:1065).
Jorge Werner · Abogado (ICAS 12664), socio director de Empezar de Nuevo
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