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Quién dirige la empresa en concurso: intervención o suspensión

Declarado el concurso, la empresa sigue funcionando. Si el concurso es voluntario, por regla general los administradores siguen al frente, pero sus decisiones sobre el patrimonio necesitan la autorización del administrador concursal: es la intervención. Si es necesario, por regla general, o cuando se abre la liquidación, el administrador concursal sustituye a los administradores: es la suspensión. Los pagos y contratos hechos sin autorización pueden anularse a petición del administrador concursal, aunque fueran deudas reales.

Jorge Werner, abogado concursal y socio director de Empezar de Nuevo, en el despacho
Jorge WernerAbogado concursal. Revisa esta página.

Revisado por Jorge Werner, abogado (ICAS 12664) · Última revisión: 7 de octubre de 2026 · Ley aplicada: texto refundido de la Ley Concursal, versión consolidada del BOE vigente en esa fecha

En resumen
  • El concurso no interrumpe la actividad de la empresa (artículo 111).
  • Concurso voluntario: los administradores conservan sus facultades, intervenidas por el administrador concursal (artículo 106.1).
  • Concurso necesario: el administrador concursal sustituye a los administradores; el juez puede decidir otra cosa de forma motivada (artículo 106.2 y 3).
  • Al abrirse la liquidación, los administradores cesan y los sustituye el administrador concursal (artículo 413.2).
  • Los actos sin la autorización exigida son anulables a petición del administrador concursal (artículo 109).
  • Los órganos de la sociedad se mantienen, pero el administrador concursal asiste a sus reuniones y autoriza los acuerdos con contenido patrimonial (artículos 126 y 127).
  1. 1 · Qué me pasa
  2. 2 · Qué me ofrece la ley
  3. 3 · Cómo se arregla
  4. 4 · Qué viene después
Qué te está pasando

La empresa sigue, pero ya no decides solo

Una de las dudas más habituales de un administrador cuando su empresa entra en concurso es si va a perder el control. La respuesta depende sobre todo de quién pidió el concurso. Si lo pidió la propia empresa, normalmente seguirás dirigiéndola, pero con un administrador concursal que tiene que dar el visto bueno a lo que afecte al patrimonio. Saber qué necesita autorización evita problemas serios.

Sala de trabajo del despacho de Empezar de Nuevo con varios puestos
Con intervención, la empresa sigue en manos de sus administradores bajo la supervisión del administrador concursal.
Qué dice la ley

Las dos situaciones

«En caso de concurso voluntario, el concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, pero el ejercicio de estas facultades estará sometido a la intervención de la administración concursal, que podrá autorizar o denegar la autorización según tenga por conveniente.

2. En caso de concurso necesario, el concursado tendrá suspendido el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa. La administración concursal sustituirá al deudor en el ejercicio de esas facultades.

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, el juez podrá acordar la suspensión en caso de concurso voluntario o la mera intervención cuando se trate de concurso necesario. En ambos casos, deberá motivarse el acuerdo señalando los riesgos que se pretendan evitar y las ventajas que se quieran obtener.»

Artículo 106 del texto refundido de la Ley Concursal · ver en el BOE
MateriaIntervenciónSuspensiónArtículos
Quién decide sobre el patrimonioLos administradores, con autorización del administrador concursalEl administrador concursal106 y 128
Actividad ordinariaEl administrador concursal puede autorizar con carácter general los actos del día a díaEl administrador concursal toma las medidas para continuarla112 y 113
Cuentas anualesLas formulan los administradores, supervisadosLas formula el administrador concursal115 y 116
ImpuestosLos presenta la empresa, supervisadaLos presenta el administrador concursal118
PleitosLa empresa sigue actuando, pero necesita autorización para demandar, recurrir, desistir o transigir si afecta a la masaEl administrador concursal la sustituye, salvo en los pleitos civiles sobre acciones personales, donde la empresa necesita su autorización119 y 120

El juez puede cambiar de una situación a otra en cualquier momento, a petición del administrador concursal y oída la empresa (artículo 108). Los administradores siguen representando a la sociedad dentro del concurso, incluso en la liquidación (artículo 129). Si su cargo es retribuido, el juez puede suprimir o reducir la retribución (artículo 130).

En la práctica

Los pagos que se anulan

«Los actos del concursado que infrinjan la limitación o la suspensión de las facultades patrimoniales acordada por el juez del concurso solo podrán ser anulados a instancia de la administración concursal, salvo que esta los hubiese convalidado o confirmado.»

Artículo 109.1 del texto refundido de la Ley Concursal · ver en el BOE

La Audiencia Provincial de Valladolid, en la sentencia 680/2024, de 28 de octubre (ECLI:ES:APVA:2024:1860), confirmó la anulación de dos pagos que una sociedad en concurso voluntario hizo a la Seguridad Social en los días siguientes a la declaración, sin autorización: unas cotizaciones atrasadas y un plazo de un aplazamiento anterior al concurso. La Tesorería tuvo que devolver 9.398 euros a la masa y pagar las costas. Uno de los pagos se hizo cuando el administrador concursal ya había aceptado. Antes de esa aceptación solo se pueden hacer los actos imprescindibles para seguir la actividad, en condiciones de mercado (artículo 111.2), y la Audiencia añadió que pagar cuotas atrasadas no lo es.

La Audiencia Provincial de Cádiz, en la sentencia 476/2025, de 30 de septiembre (ECLI:ES:APCA:2025:2446), fue más allá con los recibos domiciliados: aunque estuvieran programados antes del concurso, cargarlos después sin autorización es un acto anulable. El banco que, conociendo el concurso, siguió cobrándose las cuotas de un préstamo tuvo que devolverlas. El caso era de una persona física, pero el artículo 109 se aplica igual a una sociedad.

La sociedad

Junta, consejo y apoderados

  • Los órganos de la sociedad siguen existiendo (artículo 126).
  • El administrador concursal tiene derecho a asistir con voz a las reuniones de los órganos colegiados, y hay que convocarle como a los demás (artículo 127.1).
  • Una junta universal no es válida sin él (artículo 127.2).
  • Los acuerdos de la junta con contenido patrimonial o relevancia para el concurso necesitan su autorización (artículo 127.3).
  • Los poderes que existieran quedan afectados por la intervención o la suspensión (artículo 128.4).
Cómo se arregla

Cómo trabajar con el administrador concursal

  1. Pide desde el primer día una autorización general para los pagos y operaciones ordinarios: nóminas, proveedores corrientes, suministros (artículo 112).
  2. No pagues deudas anteriores al concurso sin autorización, aunque sean de Hacienda, de la Seguridad Social o de un proveedor que presiona.
  3. Revisa las domiciliaciones de préstamos y recibos antiguos con el banco y con el administrador concursal.
  4. Documenta las autorizaciones por escrito.
  5. Convoca al administrador concursal a las juntas y reuniones del consejo.
Con cautela

Lo que depende del caso

  • La anulación solo puede pedirla el administrador concursal, que también puede convalidar el acto (artículo 109.1).
  • Cualquier acreedor o la otra parte pueden requerirle para que decida; desde el requerimiento, la acción caduca en un mes (artículo 109.2 y 3).
  • Quien paga a la empresa después del concurso solo queda liberado si no lo conocía; se presume que lo conoce desde la publicación en el BOE (artículo 110).
  • El cierre de establecimientos o el cese de la actividad los acuerda el juez a petición del administrador concursal (artículo 114).

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Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre quién dirige la empresa en concurso

¿Pierdo el control de mi empresa al entrar en concurso?

Si el concurso es voluntario, por regla general no: sigues al frente, pero las decisiones sobre el patrimonio necesitan la autorización del administrador concursal. Si es necesario, por regla general el administrador concursal te sustituye.

¿Qué diferencia hay entre intervención y suspensión?

Con intervención, los administradores deciden con autorización del administrador concursal. Con suspensión, decide el administrador concursal.

¿Puedo seguir pagando a proveedores?

Los gastos corrientes de la actividad, con la autorización del administrador concursal, que puede darla con carácter general. Las deudas anteriores al concurso se cobran, por regla general, dentro del concurso; si se pagan por su cuenta y sin autorización, el pago puede anularse.

¿Qué pasa si pago sin autorización?

El administrador concursal puede pedir que se anule el pago y que quien lo recibió lo devuelva a la masa.

¿Y si el banco me sigue cargando las cuotas del préstamo?

Esos cargos pueden anularse. Un tribunal de Cádiz obligó al banco que conocía el concurso a devolver las cuotas cobradas.

¿Quién formula las cuentas anuales?

Con intervención, los administradores, supervisados por el administrador concursal. Con suspensión, el administrador concursal.

¿Puede celebrarse una junta de socios?

Sí, pero hay que convocar al administrador concursal, y los acuerdos con contenido patrimonial necesitan su autorización.

¿Qué pasa con los administradores en la liquidación?

Cesan y los sustituye el administrador concursal, aunque siguen representando a la sociedad dentro del procedimiento.

Fuentes

De dónde sale lo que has leído

  • Texto refundido de la Ley Concursal, artículos 106 a 130 y 413. Texto consolidado en el BOE.
  • Audiencia Provincial de Valladolid, Sección 3.ª, sentencia 680/2024, de 28 de octubre (ECLI:ES:APVA:2024:1860).
  • Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 5.ª, sentencia 476/2025, de 30 de septiembre (ECLI:ES:APCA:2025:2446).
Jorge Werner, abogado concursal

Jorge Werner · Abogado (ICAS 12664), socio director de Empezar de Nuevo

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