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Cuánto cuesta y cuánto dura: el procedimiento de microempresas en números

El procedimiento de microempresas se diseñó para ser más barato y corto que un concurso: formularios, vistas telemáticas y, en principio, sin administrador concursal. El coste fijo es el abogado y el procurador, que son obligatorios para el deudor; se suman los profesionales que alguien pida, como un experto o un administrador concursal, y la ley dice quién los paga. Hay asistencia jurídica gratuita si se acredita falta de recursos. La ley fija plazos de días o semanas, pero en la práctica la apertura puede tardar más de un mes y una continuación puede acabar en liquidación en pocos meses.

Jorge Werner, abogado concursal y socio director de Empezar de Nuevo, en el despacho
Jorge WernerAbogado concursal. Revisa esta página.

Revisado por Jorge Werner, abogado (ICAS 12664) · Última revisión: 7 de octubre de 2026 · Ley aplicada: texto refundido de la Ley Concursal, versión consolidada del BOE vigente en esa fecha

En resumen
  • El deudor necesita abogado y procurador (artículo 687.6).
  • No hay administrador concursal salvo que se pida o lo acuerde el juez; si lo pide el deudor en la liquidación, cobra después de los créditos públicos contra la masa (artículo 713).
  • El experto en la reestructuración lo paga quien lo pide, con acuerdo o, si no, por los aranceles de los administradores concursales (artículo 704.7).
  • Hay derecho a asistencia jurídica gratuita para microempresas, personas físicas o jurídicas, que acrediten insuficiencia de recursos (artículo 2.g de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita).
  • La liquidación no puede durar más de tres meses, prorrogables uno (artículo 708.4).
  • En los casos que hemos revisado, la apertura tardó unas cinco semanas y una continuación pasó a liquidación en unos cuatro meses.
  1. 1 · Qué me pasa
  2. 2 · Qué me ofrece la ley
  3. 3 · Cómo se arregla
  4. 4 · Qué viene después
Qué te está pasando

Antes de decidir, hay que saber cuánto y cuánto tiempo

Es lo primero que pregunta casi todo el mundo, y con razón: una empresa sin liquidez no puede embarcarse en un procedimiento caro ni eterno. La ley pensó el procedimiento de microempresas precisamente para eso, pero conviene distinguir lo que dice el texto de lo que ocurre en los juzgados.

Una persona del equipo de Empezar de Nuevo revisa un expediente en la oficina
El coste depende sobre todo de los profesionales que intervengan.
Qué dice la ley

Quién paga qué

Concepto¿Obligatorio?Quién pagaArtículo
Abogado y procurador del deudorSíEl deudor, salvo justicia gratuita687.6
Experto en la reestructuraciónSolo si se pideQuien lo pide704.7
Mediador concursalSolo si se pideCon las reglas del experto702.2
Experto para valorar la empresaSolo si se pideQuien lo pide714.3
Administrador concursal en la liquidaciónSi se pide o lo acuerda el juezCrédito contra la masa; si lo pidió el deudor, cobra tras los créditos públicos contra la masa713.4
Administrador concursal solo para la calificaciónSi se abre la calificaciónCrédito contra la masa, según la Audiencia de Guipúzcoa717

Asistencia jurídica gratuita

«En el ámbito concursal, se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita, para todos los trámites del procedimiento especial, a los deudores personas físicas o jurídicas que tengan la consideración de microempresa en los términos establecidos en el texto refundido de la Ley Concursal, a los que resulte de aplicación el procedimiento especial previsto en su libro tercero, siempre que acrediten insuficiencia de recursos para litigar.»

Artículo 2.g de la Ley 1/1996 de la Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita · ver en el BOE

Para las personas físicas, los umbrales se miden por ingresos de la unidad familiar en relación con el IPREM (artículo 3.1). Para una sociedad microempresa, la ley no fija umbrales propios, y habrá que acreditar la insuficiencia de recursos caso por caso.

La duración

Plazos legales y plazos reales

FasePlazo legalLo que hemos visto
Negociaciones previas, si se comunican3 meses, sin prórrogaEn La Rioja, el decreto que las tuvo por hechas tardó dos meses
AperturaPocos días desde la solicitudEn Oviedo, unas cinco semanas
Plan de continuación: presentación, alegaciones y votación10 + 15 + 15 días hábiles, más trámitesEn León, la continuación pasó a liquidación en unos cuatro meses (la sentencia no dice por qué)
Liquidación3 meses, prorrogables 1Depende de la plataforma y de los compradores
Calificación, si se pidePlazos de díasEn Cartagena, unos siete meses desde la apertura de la sección hasta la sentencia
Conclusión y exoneración de una persona física—En Murcia, unos dos meses entre la apertura y el auto que concluyó y exoneró
Oposición al informe final10 días hábilesEn Segovia, menos de tres semanas hasta la sentencia

Las referencias son la Audiencia Provincial de La Rioja (auto 179/2025, ECLI:ES:APLO:2025:585A), el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo (auto de 23 de mayo de 2024, ECLI:ES:JMO:2024:42A), el Tribunal de Instancia de León (sentencia 52/2026, ECLI:ES:TIC:2026:184), el de Cartagena (sentencia 74/2026, ECLI:ES:TIM:2026:65), la Audiencia Provincial de Murcia (auto 294/2026, ECLI:ES:APMU:2026:372A) y el Tribunal de Instancia de Segovia (sentencia 171/2025, ECLI:ES:TICI:2025:183).

Cómo se arregla

Cómo contener el coste y el tiempo

  1. Prepara bien la solicitud. Los defectos y los errores en las cifras alargan y encarecen.
  2. Elige bien la vía desde el principio. Una continuación sin opciones acaba en liquidación con más tiempo y coste.
  3. Pide solo los módulos que necesites y valora quién paga cada profesional.
  4. Comprueba si tienes derecho a justicia gratuita antes de empezar.
  5. Pide presupuesto cerrado por fases a tu abogado.
Con cautela

Lo que depende del caso

  • Los tiempos reales dependen mucho del juzgado y de su carga de trabajo. Los casos citados son ejemplos, no medias.
  • Los honorarios de abogado y procurador son libres; no hay una tarifa legal.
  • Si los acreedores piden profesionales, el coste puede subir aunque no lo pague directamente el deudor.
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Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre coste y duración

¿Cuánto cuesta el procedimiento de microempresas?

El coste fijo son el abogado y el procurador del deudor. A eso se suman, si se piden, el experto, el mediador o el administrador concursal, con reglas sobre quién paga cada uno.

¿Es obligatorio el administrador concursal?

No. Solo interviene si lo pide el deudor o los acreedores, o lo acuerda el juez en ciertos casos, y para la calificación si se abre.

¿Puedo tener justicia gratuita?

Sí, si la microempresa, persona física o jurídica, acredita insuficiencia de recursos para litigar.

¿Quién paga al experto en la reestructuración?

Quien lo pide. La cuantía se acuerda o se fija por los aranceles de los administradores concursales.

¿Cuánto dura la liquidación?

La ley fija un máximo de tres meses para las operaciones, prorrogables uno. Los bienes que no se vendan pueden seguir en la plataforma después de concluir.

¿Cuánto tarda en abrirse el procedimiento?

La ley prevé pocos días. En un caso de Oviedo de 2024 pasaron unas cinco semanas.

¿Es más barato que un concurso de acreedores?

Está pensado para serlo: menos trámites, formularios y, en principio, sin administrador concursal. El coste final depende de los profesionales que intervengan.

¿Cuánto dura una continuación?

Los trámites hasta la votación suman varias semanas; después, lo que dure el plan. Si fracasa, se abre la liquidación.

Fuentes

De dónde sale lo que has leído

  • Texto refundido de la Ley Concursal, artículos 687, 690, 697, 702, 704, 708, 713, 714 y 717. Texto consolidado en el BOE.
  • Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, artículos 2 y 3. Texto consolidado en el BOE.
  • Audiencia Provincial de La Rioja, auto 179/2025 (ECLI:ES:APLO:2025:585A); Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, auto de 23 de mayo de 2024 (ECLI:ES:JMO:2024:42A); Tribunal de Instancia de León, sentencia 52/2026 (ECLI:ES:TIC:2026:184); Tribunal de Instancia de Cartagena, sentencia 74/2026 (ECLI:ES:TIM:2026:65); Tribunal de Instancia de Segovia, sentencia 171/2025 (ECLI:ES:TICI:2025:183); Audiencia Provincial de Guipúzcoa, auto 135/2026 (ECLI:ES:APSS:2026:458A).
Jorge Werner, abogado concursal

Jorge Werner · Abogado (ICAS 12664), socio director de Empezar de Nuevo

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