📍 Segunda Oportunidad · Cádiz capital y provincia

¿Deudas en Cádiz? Te ayudamos a cancelarlas con la Ley de Segunda Oportunidad

Somos un despacho concursalista con socios en la provincia de Cádiz y más de 20 años exonerando deudas. Llevamos tu caso 100% online, con un gestor personal asignado, para que no tengas que desplazarte ni pedir un día libre en el trabajo.

+1.500clientes ayudados
35M€en deudas canceladas
98%de casos con éxito
5★153 reseñas Google

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Respuesta en menos de 2 horas. Sin compromiso.







Tu Segunda Oportunidad en Cádiz, sin salir de casa

La mayoría de nuestros clientes gaditanos prefiere gestionar todo el procedimiento de forma telemática. Por eso hemos montado el mejor equipo gestor para trabajar a distancia: la misma cercanía y rigor jurídico que en persona, pero con la comodidad de hacerlo desde tu móvil o tu ordenador.

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100% telemático, de principio a fin

Desde el primer análisis hasta el auto de exoneración. Firma digital, videollamadas y un panel donde sigues tu expediente en tiempo real. No necesitas desplazarte ni una sola vez.

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Un gestor personal asignado

No hablarás con un call center. Tienes un gestor concursal de referencia que conoce tu caso por su nombre y te acompaña en cada paso, disponible por teléfono, WhatsApp y email.

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Se tramita en los Juzgados de Cádiz

Tu procedimiento se presenta ante los juzgados de lo mercantil competentes en la provincia de Cádiz. Conocemos sus criterios y plazos, lo que agiliza la resolución de tu expediente.

Equipo de abogados de Empezar de Nuevo trabajando en casos de Segunda Oportunidad de Cádiz

Personas reales al otro lado de la pantalla

Cuando trabajas con nosotros no hablas con un robot ni con un comercial. Detrás de cada expediente hay un equipo de abogados y gestores concursales con nombres y apellidos, que estudia tu caso y te acompaña hasta la exoneración.

Que sea 100% online no significa que estés solo: significa que tienes a todo nuestro equipo a un mensaje de distancia, sin que tengas que desplazarte hasta Cádiz.

El proceso, paso a paso

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar las deudas que no pueden pagar. Así lo hacemos contigo:

Análisis gratuito de tu caso

Estudiamos tu situación, el origen y el importe de tus deudas y te decimos con claridad si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Sin coste y sin compromiso.

Preparamos tu expediente

Recopilamos la documentación contigo de forma telemática y elaboramos toda la solicitud cumpliendo los requisitos de buena fe que exige la ley.

Presentación en el juzgado

Presentamos tu solicitud ante los juzgados competentes de Cádiz y solicitamos la paralización de embargos y reclamaciones mientras dura el procedimiento.

Exoneración de tus deudas

El juez dicta el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) y quedas libre de las deudas exonerables. Empiezas de nuevo.

¿Por qué elegirnos en Cádiz?

Un despacho 360º de derecho concursal, no un intermediario. Equipo con experiencia real en Garrigues, PwC, KPMG y Blackstone.

99€/mes sin anticipo

Honorarios claros y transparentes. No pagas miles de euros por adelantado: empiezas tu procedimiento desde 99€ al mes.

Abogados concursalistas reales

No somos una plataforma de captación. Somos un despacho con socios y abogados colegiados especializados en derecho concursal.

98% de casos con éxito

Más de 1.500 clientes y 35 millones de euros en deudas canceladas avalan nuestra forma de trabajar.

Respuesta en menos de 2 horas

Cuando contactas, te respondemos el mismo día. Y durante todo el proceso tienes a tu gestor localizable.

Atendemos a toda la provincia de Cádiz

Gracias a nuestro modelo telemático, ayudamos a clientes en cualquier punto de la provincia con la misma calidad de servicio:

Cádiz capital
San Fernando
Chiclana
El Puerto de Santa María
Puerto Real
Sanlúcar de Barrameda
Algeciras
La Línea
Rota
Conil
Barbate
Arcos de la Frontera

Preguntas frecuentes · Segunda Oportunidad en Cádiz

¿Puedo hacer todo el proceso online desde Cádiz?

Sí. El procedimiento de Segunda Oportunidad puede gestionarse íntegramente de forma telemática: análisis del caso, recopilación de documentación, firma digital y seguimiento. Solo en supuestos muy concretos podría requerirse tu presencia, y te lo indicaríamos con antelación.

¿En qué juzgado se tramita mi caso si vivo en Cádiz?

Los procedimientos concursales de personas físicas y autónomos de la provincia se presentan ante los juzgados de lo mercantil competentes en Cádiz. Conocemos sus criterios, lo que nos permite preparar tu expediente con mayor precisión.

¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Trabajamos con una cuota de 99€/mes sin pago por adelantado, con honorarios transparentes desde el inicio. En el análisis gratuito te detallamos exactamente qué incluye tu caso.

¿Qué deudas puedo cancelar?

Préstamos personales, tarjetas, microcréditos, deudas con proveedores, avales y, en buena parte, deuda con Hacienda y Seguridad Social dentro de los límites que marca la ley y la jurisprudencia más reciente. En el estudio gratuito analizamos tu caso concreto.

¿Perderé mi vivienda?

No necesariamente. En determinadas condiciones es posible conservar la vivienda habitual. Depende de tu situación concreta (importe de la hipoteca, valor del inmueble, estar al corriente de pago), que estudiamos en detalle antes de iniciar nada.

¿Cuánto tarda el procedimiento?

Los plazos varían según la carga del juzgado y la complejidad del caso, pero trabajamos para que tu expediente avance lo más rápido posible. Desde el primer contacto, tu gestor te dará una estimación realista para tu situación.

Preguntas jurídicas frecuentes en Cádiz

Respondidas según los criterios reales de los Juzgados de lo Mercantil de Cádiz.

¿Qué pasa si después de la exoneración aparece una deuda que no incluí en mi solicitud?

Es una preocupación legítima, y en Cádiz hay una resolución reciente que juega a favor del deudor. Tras las sentencias del Tribunal Supremo de febrero de 2026 —que exigían identificar en el auto cada crédito exonerado (la llamada «lista cerrada»)—, el Auto nº 405/2026, de 19 de marzo, del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Cádiz se apartó de una aplicación rígida de ese criterio. Razonó que exigir un listado exhaustivo introduciría una prohibición que la ley no prevé y dejaría fuera deudas que el deudor no pudo identificar, y concluyó que la exoneración alcanza a todos los créditos nacidos antes de la resolución —estén o no en el listado inicial—, salvo los expresamente excluidos por el artículo 489 del TRLC.

En la práctica esto es importante: en Cádiz existe criterio para que un olvido o una deuda cedida a un fondo que no conocías no te dejen atrapado tras haber obtenido la exoneración. Es una materia en evolución, por lo que conviene un planteamiento técnico cuidadoso desde el inicio. Más sobre las sentencias del Supremo →

¿Se puede cancelar el remanente de la hipoteca en Cádiz?

Cuando se vende una vivienda hipotecada y lo obtenido no cubre toda la deuda, queda un «remanente». Los Juzgados de lo Mercantil de Cádiz tienen recorrido en esta materia: el Auto del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz nº 117/2021, de 7 de mayo, aplicó el criterio de no forzar la realización de la vivienda cuando su valor no cubre el crédito hipotecario. La línea es que, al perder la garantía su cobertura, ese exceso pasa a tratarse como deuda ordinaria y, por tanto, exonerable.

Con transparencia: esta cuestión concreta está pendiente de resolución por el TJUE, de modo que el resultado depende de cómo se plantee técnicamente el expediente. Por eso son decisivas una tasación objetiva y una estrategia procesal bien fundada. Más sobre la exoneración del remanente →

¿Se pueden cancelar las multas de tráfico, el IBI y las sanciones en un concurso en Cádiz?

En gran medida, sí. Por un lado, el artículo 489.1.6º del TRLC solo excluye las sanciones administrativas muy graves: las multas de tráfico leves y graves y los recargos municipales son exonerables, y corresponde a la Administración probar que una sanción es «muy grave» (criterio confirmado, entre otras, por la SAP A Coruña de 11/10/2024).

Por otro, tras las Sentencias del Tribunal Supremo 260/2026 y 264/2026, de 18 de febrero de 2026, el crédito público exonerable se extiende a todos los organismos —incluidos ayuntamientos y la DGT—, con el límite de 10.000 € de capital por cada organismo; y los recargos e intereses, al ser crédito subordinado, se cancelan al 100 % sin límite. Más sobre multas y Segunda Oportunidad →


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