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Vivienda e hipoteca en la Ley de la Segunda Oportunidad: cómo proteger tu casa

  • Foto del escritor: Jorge Werner Montero Mundt
    Jorge Werner Montero Mundt
  • 20 oct
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: 27 oct

La pregunta más repetida es: “¿perderé mi casa?”. Con la Ley de la Segunda Oportunidad hay dos vías para lograr la exoneración: plan de pagos o liquidación. En cada una, la vivienda y la hipoteca se tratan de forma distinta. Aquí lo explicamos en claro para que puedas decidir con datos.

Base legal de referencia: Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020) y Ley 16/2022 (Exoneración del Pasivo Insatisfecho – EPI).


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Claves rápidas

  • Sí puedes conservar la vivienda si optas por plan de pagos y el presupuesto soporta la cuota hipotecaria más tus gastos esenciales.

  • Con liquidación, la vivienda con hipoteca suele venderse; la deuda que quede tras la venta (si la hay) se trata conforme a las reglas de exoneración.

  • La deuda hipotecaria es un crédito con garantía real: primero se paga con el valor del inmueble; lo que sobre (si falta) puede entrar en el esquema de la exoneración según el caso.

  • Avalistas/fiadores: tu exoneración no siempre los libera; necesitan estrategia específica.


Vía 1: Plan de pagos (conservar vivienda)


El plan de pagos permite mantener la casa si demuestras que la cuota hipotecaria es viable dentro de un presupuesto realista (ingresos – gastos esenciales).Qué tendrás que mostrar:

  • Ingresos estables (nómina, pensión, ingresos medios si eres autónomo).

  • Gastos fijos (alquiler/hipoteca, suministros, alimentación, transporte, menores a cargo).

  • Cuota hipotecaria sostenible + propuesta de pagos para el resto de deudas.

Ventajas: estabilidad familiar, evitas mudanzas, sigues construyendo historial.Riesgos: un plan “demasiado optimista” puede fracasar; mejor una cuota modesta que cumplas.


Vía 2: Liquidación (venta del inmueble)


Si eliges (o te conviene) liquidar, los bienes no protegidos se venden para pagar a acreedores.

  • La hipoteca se atiende con el precio de venta (o adjudicación).

  • Si el precio no cubre todo, puede quedar deuda residual que, según el caso, se trate en la exoneración.

Ventajas: proceso generalmente más corto hacia la exoneración; sales de una cuota que no puedes sostener.Riesgos: pérdida de la vivienda; necesidad de plan de realojo (alquiler).


¿Y si ya hay ejecución hipotecaria?


  • En ejecución avanzada, la venta judicial fija el valor.

  • Si queda remanente (deuda tras la subasta), se analiza su tratamiento en la exoneración.

  • Conviene revisar costes, intereses y cláusulas para no pagar de más.


¿Existe “dación en pago” dentro del procedimiento?


La dación en pago (entregar la vivienda a cambio de cancelar la hipoteca) no es automática, pero puede negociarse si conviene a ambas partes y mejora el resultado del expediente. Se valora caso a caso.


Alquiler y vivienda habitual


Si alquilas, la fianza y las cuotas son gastos esenciales en tu presupuesto del plan. Con eso buscamos que el plan sea viable sin que te quedes sin casa.


Avalistas y terceros


  • La exoneración personal al deudor no siempre alcanza a avalistas o fiadores.

  • Si hay avales, diseñamos estrategia: negociación paralela, novación o medidas para minimizar su impacto.


Ejemplos orientativos (simplificados)


  1. Familia con hipoteca al día y nóminas establesPlan de pagos, conservan vivienda. Se reordenan tarjetas y préstamos; cuota hipotecaria asumible.

  2. Vivienda con cuota impagable y embargosLiquidación: venta del inmueble y tratamiento de deuda residual en la exoneración. Alojamiento en alquiler ajustado a ingresos.

  3. Autónomo con ingresos irregulares y vivienda con poca deuda→ Se comparan plan (cuota sostenible) vs. liquidación (salir de riesgo). Se elige la vía con menor estrés financiero y mayor seguridad jurídica.

(Son escenarios didácticos; tu caso real requiere números y documentos.)


Documentos que te pedirán (tenlos listos)


  • Escritura de la vivienda y cargas (nota simple o certificación registral).

  • Recibos de hipoteca y cuadro de amortización.

  • Tasación/valoración (si la hay) y IBI.

  • Nóminas o ingresos (autónomos: modelos y libros).

  • Extractos bancarios (3–6 meses).

  • Contratos (alquiler, suministros) y familiares relevantes (menores a cargo).


Errores que retrasan o dañan el caso


  • Ocultar deudas o no declarar cuentas.

  • Plan con cuotas irreales “para que lo aprueben”.

  • No prever gastos esenciales (transporte, colegio, salud).

  • No analizar avalistas desde el principio.


FAQ rápidas


¿Puedo conservar la vivienda si debo varias cuotas? Posible con plan de pagos si tu presupuesto aguanta la regularización y el resto del plan.

¿Qué pasa con la deuda que queda tras vender la casa? Se analiza como deuda residual y puede tratarse en la exoneración según reglas del procedimiento.

¿Y los intereses y costas de la ejecución? Se revisan y se integran en el cálculo; no siempre lo que te reclaman inicialmente es lo que corresponde al final.

¿Me compensa vender antes de empezar? Depende del valor real, la deuda y tus ingresos. Lo decidimos con números, no con intuición.


Conclusión


Conservar o no la vivienda no es blanco o negro. Depende de tus ingresos, del importe de la hipoteca, de si hay hijos o necesidades especiales, y de la capacidad real para sostener un plan. Nuestro trabajo es ponerte dos escenarios (plan vs. liquidación) con cifras y recomendarte el camino más seguro.


¿Quieres que evaluemos si puedes mantener la vivienda y cuánto sería una cuota realista? Te preparamos un informe simple con presupuesto, escenarios y recomendación.


 
 
 

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