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Qué es segunda oportunidad 2026

  • ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

  • Evolución legislativa 2015-2026

  • Objetivos y filosofía de la ley

  • Beneficios y ventajas del procedimiento

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Capítulo 1. Introducción a la Ley de Segunda Oportunidad

1.1 ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La “Segunda Oportunidad” es el mecanismo legal que permite a una persona física (asalariada o autónoma) cancelar total o parcialmente sus deudas cuando no puede pagarlas con normalidad, siempre que actúe de buena fe. El régimen se articula en el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC). Tras la Ley 16/2022 ofrece dos vías para la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI): exoneración con liquidación de bienes no protegidos y exoneración con plan de pagos (conservando, si el plan es viable, determinados bienes como la vivienda). Base: TRLC Título XI (arts. 489 a 501), reformado por Ley 16/2022.

1.2 Evolución legislativa (2015–2026)
• 2015: se impulsa la segunda oportunidad (RDL 1/2015).
• 2020: entra en vigor el TRLC (RDL 1/2020), que ordena el derecho concursal.
• 2022: la Ley 16/2022 reforma el TRLC, reordena la EPI, refuerza el plan de pagos y crea el concurso sin masa (arts. 37 bis a 37 quinquies).
• Desde 2022: el antiguo AEP deja de ser la puerta habitual; hoy el itinerario típico es concurso (a menudo sin masa) + EPI.
• 2024–2025: criterios clave sobre crédito público: TJUE 7/11/2024 y STS 450/2025 (20/03/2025).

1.3 Objetivos y filosofía
La ley busca que el deudor honesto salga de la espiral de deuda y vuelva a la normalidad económica, equilibrando tutela de acreedores y derecho al nuevo comienzo (Exposición de Motivos Ley 16/2022).

1.4 Beneficios para el ciudadano
• Freno a la asfixia: las ejecuciones y embargos se coordinan bajo un marco común.
• Perdón de deudas exonerables tras liquidación o plan (dentro de límites legales).
• Posibilidad de conservar vivienda con plan viable.
• Ruta clara cuando no hay bienes: concurso sin masa (arts. 37 bis–37 quinquies).

1.5 Qué cambió con la reforma de 2022
a) Dos vías reales para exonerarse (liquidación; plan de pagos).
b) Concurso sin masa para casos sin bienes realizables o antieconómicos.
c) AEP desplazado como puerta de entrada habitual.
d) Crédito público con límites legales; doctrina 2024–2025 matiza el “blindaje absoluto”.

1.6 Para quién es útil esta guía
Personas asalariadas con préstamos o tarjetas; autónomos con deudas AEAT/TGSS; familias con hipoteca que quieren conservar vivienda; avalistas/fiadores.

 

1.7 Disclaimers esenciales
Guía informativa, no asesoramiento individual. Buena fe y transparencia son esenciales (arts. 486 y ss.). El crédito público tiene régimen singular y en evolución; decide el juez. Consultar siempre TRLC vigente y jurisprudencia.

Referencias y enlaces (Cap. 1)
• Ley 16/2022 (BOE): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-14580
• TRLC consolidado (BOE): https://www.boe.es/biblioteca_juridica/codigos/codigo.php?id=355&modo=2
• Directiva (UE) 2019/1023 (EUR-Lex): https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32019L1023
• Buscador jurisprudencia TS/CENDOJ: https://www.poderjudicial.es/search/

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