Avalista del Arrabal exonerado de 71.000 €
Vecino del Arrabal que avaló un préstamo personal. Tras el impago del prestatario principal, la entidad reclamó directamente al avalista los 71.000€. BEPI concedido con exoneración total.
BEPI — Juzgado de lo Mercantil competente en Teruel
Un aval que se convirtió en deuda propia
Vecino del Arrabal que, como muchos avalistas, firmó un préstamo para ayudar a un tercero sin prever las consecuencias. Cuando el prestatario principal dejó de pagar, la entidad reclamó solidariamente al avalista los 71.000€ íntegros. Sin patrimonio embargable y con ingresos insuficientes para asumir la deuda, la situación era de insolvencia real.
Cómo estructuramos el caso
Acreditamos la posición jurídica del avalista, su buena fe y la imposibilidad objetiva de pago. Presentamos concurso de persona física con solicitud de BEPI aplicando la doctrina del TJUE sobre avalistas.
- Art. 487 TRLC: buena fe del avalista
- TJUE C-570/21: exoneración extensible a deudas avaladas
- Inventario sin activos realizables
BEPI concedido: 71.000€ exonerados
El juzgado concedió el BEPI con exoneración total de 71.000€. El avalista quedó liberado de la deuda garantizada y recuperó la estabilidad económica.
Fundamento jurídico
- Arts. 486–499 TRLC: requisitos BEPI
- Art. 487 TRLC: buena fe
- Doctrina TJUE C-570/21: avalistas solidarios
- Ley 16/2022: reforma del TRLC
Impacto
Libre de una deuda ajena que nunca benefició al avalista. La Segunda Oportunidad protege también a quienes avalaron de buena fe y quedaron atrapados por el impago del deudor principal.
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